Procedimiento para la Declaración Informativa de Transacciones Exentas/No sujetas al pago del Impuesto a la Salida de Divisas

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En fecha 3 de Junio de 2016 el Servicio de Rentas Internas, mediante resolución No. NAC-DGERCGC16-00000191 aprobó el procedimiento para la declaración informativa de transacciones exentas/no sujetas al pago del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

La resolución establece que la declaración se realizará a través de internet en el formulario de “Declaración Informativa de Transacciones Exentas / No sujetas del Impuesto a la Salida de Divisas”, previo a la ejecución de transferencias o envíos al exterior mediante una institución financiera o empresa de courier. La persona que va a realizar el envío o transferencia de divisas deberá completar el formulario previo a realizar el envío. Al momento de realizar el envío, la persona deberá presentar una copia del formulario a la institución financiera o empresa de courier y ésta deberá verificar la información.

       Transferencias de divisas de agentes de retención o percepción: Cuando un agente de retención o percepción de ISD requiera realizar el envío o transferencia de divisas por medio del Banco Central, una institución financiera o empresa de courier deberá presentar el formulario de declaración de ISD y los comprobantes de retención o percepción del ISD.

       Exoneración por pagos de financiamiento del exterior: Para los casos de pagos imputables al capital e interés de financiamiento proveniente de instituciones financieras del exterior; la persona que realice el pago deberá presentar la Declaración informativa de transacciones exentas, copia simple del registro del crédito en el Banco Central del Ecuador y copia simple de la calificación otorgada a la institución cuando se trate de una institución no financiera especializada.

       Exoneración por pagos al exterior de ZEDES: Para el caso de pagos realizados al exterior por concepto de importación de bienes y servicios de Zonas Especiales de Desarrollo Económico, la persona que efectúa el pago deberá presentar la declaración informativa de transacciones exentas, copia del contrato de prestación del servicio que se importa o factura correspondiente, en caso de importación la factura, conocimiento de embarco y documento aduanero vigente; y copia de la autorización como operador de una ZEDE emitida por el Consejo Sectorial de la Producción.

       Exoneración por pago de dividendos al exterior: Cuando las sociedades efectúen pagos al exterior por concepto de distribución de dividendos a favor de sociedades extranjeras o personas naturales no residentes en el país, se deberá presentar la Declaración Informativa de transacciones de ISD y el certificado original de residencia fiscal.

       Exoneración por inversiones del exterior en el mercado bursátil del país / en títulos valores ecuatorianos: Para el caso de pagos al exterior provenientes de rendimientos financieros, ganancias de capital y capital de aquellas inversiones que cumplan con los requisitos legales, se deberá presentar la declaración informativa de transacciones del ISD, copia del documento que acreditó el ingreso de recursos al mercado de valores, copia de la liquidación correspondiente a la adquisición de títulos valores, copia de la liquidación de venta de los títulos valores que hayan sido negociados en las bolsas de valores del país y copia de la liquidación de bolsa producto de la reinversión de los recursos de ser el caso.

       Exoneración por importación de cocinas de inducción: Para el caso de exoneración de ISD por pagos al exterior por concepto de importación de cocinas eléctricas, de inducción, sus partes y piezas, ollas, sistemas eléctricos de calentamiento de agua para uso doméstico y duchas eléctricas; la persona que efectúe el pago deberá presentar la Declaración Informativa de Transacciones de ISD y copia simple de la declaración aduanera de importación.

       Exenciones en la ejecución de proyectos públicos en asociación público privada: Para los pagos que efectúen las sociedades que estructuren, desarrollen y ejecuten proyectos en asociación público privada; la persona verá presentar la Declaración Informativa de Transacciones de ISD y una copia del documento emitido por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público Privadas que sustente tal condición.

       Para las salida de divisas por medio de tarjeta de crédito o débito y aquellas que porten los ciudadanos al salir del país no será necesario la presentación de la Declaración Informativa de Transacciones de ISD

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