Contribución a la remuneración
Contribución a la remuneración
- ¿Desde cuándo y hasta cuando está vigente la contribución?
La vigencia de esta contribución será desde el 1 de junio de 2016 hasta el 31 de enero de 2017.
- ¿Sobre qué se valor se calcula la contribución?
Se calcula sobre el valor neto de la remuneración, se calcula antes de realizar el descuento por la aportación patronal al IESS.
- ¿Quienes están exonerados?
Se encuentran exonerados quienes se sujetan a uno de los tres supuestos:
- Los que tengan una remuneración de menos de US$ 1000.
- Los que hubieren pagado sobre esos ingresos la contribución a la utilidad.
- Los que tengan su domicilio o presten servicios en las provincias de Manabí o Esmeraldas.
- ¿Cómo se paga la contribución cuando la remuneración es variable?
La contribución de una remuneración variable se calcula de la siguiente manera:
Si en el primer mes la remuneración es mayor a US$ 1000 se multiplica por 3,33% y ese es el valor de la contribución por dicho mes.
A partir del segundo mes en adelante se debe realizar las siguientes operaciones:
- Se promedian las remuneraciones.
- Se compara el promedio con la tabla de la ley para determinar el rango y el número de contribuciones que se deben realizar.
- Al promedio se multiplica por la tarifa del 3,33% y por el número de cuota de la contribución ( el número de cuota incluye las cuotas pagadas y de la cual se está calculando).
- Al resultado del paso anterior se restará el valor de las contribuciones pagadas anteriormente.
Ejemplo:
Las remuneraciones del sujeto A han sido de la siguiente forma:
Remuneración | US$ |
M1: Junio | 5000 |
M2: Julio | 5500 |
Se procede con el cálculo así:
- En el Mes 1 el valor de su contribución a pagar es de Contribución = US$ 5000 x 3,33%, lo que nos da un valor igual a US$ 166,50.
- En el Mes 2 se debe realizar el siguiente cálculo:
- Promedio: (5000 + 5500) / 2 = 5250
- El valor del promedio se encuentra en el cuarto rango de la tabla por lo que le corresponden 4 cuotas.
- El valor del promedio se multiplica por la tarifa y el número de cuota. US$ 5250 x 3,33% x 2 = US$ 349,65.
- Al resultado se le resta lo pagado en el Mes 1. US$ 349,65 – US$ 166,50 = US$ 183,15
- Por lo que la contribución a pagar por el Mes 2 es igual a US$ 183,15
- ¿Cuál es el comprobante para justificar la retención?
El sustento para justificar la retención, tanto para la empresa como para el trabajador, es el rol de pagos.